La Federación de Profesionales del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires –que agrupa a todos menos los médicos– denunció por “arbitraria y discriminatoria” la medida por la cual sólo los médicos pueden presentarse a los concursos para jefaturas de los Cesac y de Salud Escolar. El caso que suscitó más repercusión es el de Aldo Pagliari, el psicólogo que conduce desde hace 12 años el Cesac (Centro de Salud y Acción Comunitaria) de la Villa del Bajo Flores: 1800 vecinos se movilizaron en su apoyo. En los últimos 20 años, psicólogos, odontólogos y trabajadoras sociales han venido cumpliendo estas funciones, con el reconocimiento de las autoridades sanitarias porteñas, incluidas las actuales –un Cesac conducido por una trabajadora social obtuvo un premio en Gestión de Calidad en 2008–. Pero, llegada la hora de los concursos, el ministro de Salud de la Ciudad, Jorge Lemus, envió un memo que dispone que sólo puedan concursar los médicos. Los profesionales ya en funciones presentaron recursos de amparo, y una jueza ordenó al gobierno porteño que permita concursar a una odontóloga que ocupa el cargo. El subsecretario de Salud de la Ciudad, por su parte, sostuvo que “el jefe de un grupo multidisciplinario de atención primaria debe ser el médico, que está en condiciones de ejecutar las distintas estrategias en salud”; y afirmó que los jefes no médicos “son casos puntuales, en los que prevaleció una actitud vocacional”.
La Federación –constituida en Plenario de Presidentes de Asociaciones y Referentes de Hospitales– acusó a Jorge Lemus, ministro de Salud, de atacar “los derechos laborales de los profesionales”; exigió “que se dejen sin efecto” los llamados a concurso y “que se convoquen nuevamente en condiciones de igualdad y respeto a la carrera profesional”, citando las leyes porteñas 471, de Empleo Público, y 153, de Salud. Noemí Raffo, presidenta de la Federación, afirmó que “en el decreto 281/11, por el cual el ministro Lemus convocó a concursos para cargos de jefe de unidad, jefe de sección y de salud escolar, la descripción de funciones corresponde a tareas técnico-administrativas: no es incumbencia específicamente médica, cualquier profesional del equipo interdisciplinario que actúa en el primer nivel de atención puede desempeñar esa gestión: lo que debe tener es experticia y haber efectuado el curso de posgrado en organización y administración hospitalaria”.
“El decreto no hace mención a ninguna profesión en particular –continuó Raffo–, pero Lemus, después, envió un memo a los hospitales diciendo que la profesión debe ser médica. Si bien el Convenio Colectivo de Trabajo requiere definir la profesión para los cargos a concursar, esto debe atenerse a un criterio lógico: el memo no aporta ningún argumento por el cual estos cargos deberían ser ocupados por médicos, y, al contrario, el hecho es que profesionales no médicos han ocupado cargos de conducción durante muchos años, organizando y coordinando programas, sin cobrar un peso por la función, y ahora no les permiten presentarse.”
En cambio, Néstor Pérez Baliño, subsecretario de Salud de la ciudad de Buenos Aires, sostuvo que “el jefe de un grupo multidisciplinario de atención primaria de la salud es el médico: él debe llevar a cabo las estrategias de vacunación, de atención del niño sano, de prevención del cáncer mamario, los cuidados del embarazo y otras tareas que implican una concepción médica. El llamado a concurso se efectuó de acuerdo con la normativa admitida en el convenio colectivo de trabajo que firmaron los profesionales médicos y no médicos, por la cual el Ministerio debe elegir una profesión en cada llamado a concurso: las áreas de atención primaria de la salud deben ser coordinadas por médicos. Además, se valora que hayan efectuado cursos de administración hospitalaria”. Según el funcionario, “la Ley 153, de Salud, no plantea ningún conflicto en este sentido; donde puede haber disputa por incumbencias es en cuanto a la Ley 448, de Salud Mental: allí se plantea una discusión entre médicos y psicólogos sobre cargos de jefatura. Pero no en cuanto a la conducción de los Cesac”.
En cuanto a los profesionales no médicos que ya vienen ejerciendo estas funciones, “de entre los 47 centros de salud, son casos muy puntuales, que se dieron en el marco de una situación un poco anárquica, donde estos centros no tenían estructura y prevalecía una actitud vocacional”.
Uno de ellos es Aldo Pagliari, psicólogo, que desde hace 12 años conduce el Cesac de la Villa 1-11-14 (ver entrevista aparte). Ante la novedad de que no podría presentarse a concurso, los vecinos redactaron un petitorio que juntó más de 1800 firmas y lo presentaron directamente ante el director del Hospital Piñero, del cual depende ese Cesac.
En el caso de Adriana Restuccia, odontóloga, coordinadora de salud escolar, esta semana hubo resolución judicial que ordenó al Gobierno de la Ciudad que acepte su presentación al concurso que se convocó para su cargo.
Alejandra Lobo, trabajadora social, es coordinadora de salud escolar en el área programática del Hospital Vélez Sarsfield: “En mi caso, ya se llamó a concurso, y fue seleccionada una médica; esto hace más compleja la situación. Presenté un recurso de amparo y el juez, para tomar su decisión, está a la espera de informes que requirió al Ministerio de Salud de la Ciudad. Lo único que pretendemos es participar en los concursos con el mismo derecho que los médicos”.
De hecho, el Cesac 34, dirigido por una trabajadora social, obtuvo en 2008 el Certificado de Mérito en Gestión de Calidad otorgado por el gobierno porteño por su acción en “Control integral de la mujer durante el embarazo y del niño en el primer año”.