lunes, 19 de diciembre de 2011

Gobierno vecinal : Ley 1.777 de Comunas

Título IV
Participación vecinal
Capítulo Único. Consejo Consultivo Comunal
Artículo 33.- Definición. Créase en el ámbito de cada Comuna, el Consejo Consultivo Comunal como organismo consultivo y honorario de participación popular, conforme lo establecido en el artículo 131 de la Constitución de la Ciudad.
Artículo 34.- Integración y participación. El Consejo Consultivo Comunal está integrado por representantes de entidades vecinales no gubernamentales, partidos políticos, redes y otras formas de organización con intereses o actuación en el ámbito territorial de la Comuna. No perciben remuneración ni compensación económica alguna por sus servicios.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior, las normas de funcionamiento interno de cada Consejo Consultivo Comunal deben garantizar el derecho de los vecinos domiciliados en la Comuna a participar en forma individual de las actividades del mismo. Asimismo, garantizan el funcionamiento del Consejo Consultivo Comunal a escala barrial.
Artículo 35.- Funciones. Son funciones del Consejo Consultivo Comunal:
a.     Participar del proceso de elaboración del programa de acción anual y anteproyecto de presupuesto de la Comuna y definir prioridades presupuestarias y de obras y servicios públicos.
b.    Efectuar el seguimiento, evaluar la gestión Comunal y supervisar el cumplimiento de la correcta prestación de los servicios públicos brindados por el Poder Ejecutivo en la Comuna.
c.     Presentar ante la Junta Comunal iniciativas así como propuestas para la implementación de programas y políticas de interés comunitario.
d.    Formular solicitudes de convocatoria a audiencia pública y a consulta popular.
e.     Promover, ordenar, canalizar y realizar el seguimiento de las demandas, reclamos, proyectos y propuestas de los vecinos.
f.     Promover políticas de comunicación ciudadana, de acceso a la información y de participación vecinal.
g.    Promover la utilización de los mecanismos de participación ciudadana entre los vecinos de la Comuna.
h.     Controlar la ejecución del presupuesto de la Comuna.ç
i.      Elaborar las normas de su funcionamiento interno en consonancia con la presente ley.
j.      Generar espacios abiertos de discusión, foros y toda otra forma de participación directa para debatir y elaborar propuestas sobre acciones, obras, programas y políticas públicas.
k.     Asesorar a la Junta Comunal sobre las materias que son competencia de la Comuna.
Artículo 36.- Funcionamiento. El Consejo Consultivo Comunal funciona descentralizadamente, debiendo rotar el lugar de reunión entre los distintos barrios que integren la respectiva Comuna.
Podrá autoconvocarse de acuerdo a lo que establezcan las normas para su funcionamiento interno.
Se reunirá al menos una vez al mes, en fecha, hora y lugar ampliamente difundidos en todo el territorio Comunal.
Artículo 37.- Tratamiento obligatorio. Las recomendaciones emanadas del Consejo Consultivo Comunal son de consideración obligatoria por la Junta Comunal.
Artículo 38.- Mecanismos de participación ciudadana. Se aplican en el ámbito de la Comuna, las disposiciones de las leyes que regulan los mecanismos de audiencia pública, iniciativa popular, referéndum y consulta popular, derecho a la información y revocatoria de mandato, todo en cuanto sean aplicables.

viernes, 14 de octubre de 2011

Profesionales de la Salud denuncian a Macri

La Federación de Profesionales del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires –que agrupa a todos menos los médicos– denunció por “arbitraria y discriminatoria” la medida por la cual sólo los médicos pueden presentarse a los concursos para jefaturas de los Cesac y de Salud Escolar. El caso que suscitó más repercusión es el de Aldo Pagliari, el psicólogo que conduce desde hace 12 años el Cesac (Centro de Salud y Acción Comunitaria) de la Villa del Bajo Flores: 1800 vecinos se movilizaron en su apoyo. En los últimos 20 años, psicólogos, odontólogos y trabajadoras sociales han venido cumpliendo estas funciones, con el reconocimiento de las autoridades sanitarias porteñas, incluidas las actuales –un Cesac conducido por una trabajadora social obtuvo un premio en Gestión de Calidad en 2008–. Pero, llegada la hora de los concursos, el ministro de Salud de la Ciudad, Jorge Lemus, envió un memo que dispone que sólo puedan concursar los médicos. Los profesionales ya en funciones presentaron recursos de amparo, y una jueza ordenó al gobierno porteño que permita concursar a una odontóloga que ocupa el cargo. El subsecretario de Salud de la Ciudad, por su parte, sostuvo que “el jefe de un grupo multidisciplinario de atención primaria debe ser el médico, que está en condiciones de ejecutar las distintas estrategias en salud”; y afirmó que los jefes no médicos “son casos puntuales, en los que prevaleció una actitud vocacional”.
La Federación –constituida en Plenario de Presidentes de Asociaciones y Referentes de Hospitales– acusó a Jorge Lemus, ministro de Salud, de atacar “los derechos laborales de los profesionales”; exigió “que se dejen sin efecto” los llamados a concurso y “que se convoquen nuevamente en condiciones de igualdad y respeto a la carrera profesional”, citando las leyes porteñas 471, de Empleo Público, y 153, de Salud. Noemí Raffo, presidenta de la Federación, afirmó que “en el decreto 281/11, por el cual el ministro Lemus convocó a concursos para cargos de jefe de unidad, jefe de sección y de salud escolar, la descripción de funciones corresponde a tareas técnico-administrativas: no es incumbencia específicamente médica, cualquier profesional del equipo interdisciplinario que actúa en el primer nivel de atención puede desempeñar esa gestión: lo que debe tener es experticia y haber efectuado el curso de posgrado en organización y administración hospitalaria”.
“El decreto no hace mención a ninguna profesión en particular –continuó Raffo–, pero Lemus, después, envió un memo a los hospitales diciendo que la profesión debe ser médica. Si bien el Convenio Colectivo de Trabajo requiere definir la profesión para los cargos a concursar, esto debe atenerse a un criterio lógico: el memo no aporta ningún argumento por el cual estos cargos deberían ser ocupados por médicos, y, al contrario, el hecho es que profesionales no médicos han ocupado cargos de conducción durante muchos años, organizando y coordinando programas, sin cobrar un peso por la función, y ahora no les permiten presentarse.”
En cambio, Néstor Pérez Baliño, subsecretario de Salud de la ciudad de Buenos Aires, sostuvo que “el jefe de un grupo multidisciplinario de atención primaria de la salud es el médico: él debe llevar a cabo las estrategias de vacunación, de atención del niño sano, de prevención del cáncer mamario, los cuidados del embarazo y otras tareas que implican una concepción médica. El llamado a concurso se efectuó de acuerdo con la normativa admitida en el convenio colectivo de trabajo que firmaron los profesionales médicos y no médicos, por la cual el Ministerio debe elegir una profesión en cada llamado a concurso: las áreas de atención primaria de la salud deben ser coordinadas por médicos. Además, se valora que hayan efectuado cursos de administración hospitalaria”. Según el funcionario, “la Ley 153, de Salud, no plantea ningún conflicto en este sentido; donde puede haber disputa por incumbencias es en cuanto a la Ley 448, de Salud Mental: allí se plantea una discusión entre médicos y psicólogos sobre cargos de jefatura. Pero no en cuanto a la conducción de los Cesac”.
En cuanto a los profesionales no médicos que ya vienen ejerciendo estas funciones, “de entre los 47 centros de salud, son casos muy puntuales, que se dieron en el marco de una situación un poco anárquica, donde estos centros no tenían estructura y prevalecía una actitud vocacional”.
Uno de ellos es Aldo Pagliari, psicólogo, que desde hace 12 años conduce el Cesac de la Villa 1-11-14 (ver entrevista aparte). Ante la novedad de que no podría presentarse a concurso, los vecinos redactaron un petitorio que juntó más de 1800 firmas y lo presentaron directamente ante el director del Hospital Piñero, del cual depende ese Cesac.
En el caso de Adriana Restuccia, odontóloga, coordinadora de salud escolar, esta semana hubo resolución judicial que ordenó al Gobierno de la Ciudad que acepte su presentación al concurso que se convocó para su cargo.
Alejandra Lobo, trabajadora social, es coordinadora de salud escolar en el área programática del Hospital Vélez Sarsfield: “En mi caso, ya se llamó a concurso, y fue seleccionada una médica; esto hace más compleja la situación. Presenté un recurso de amparo y el juez, para tomar su decisión, está a la espera de informes que requirió al Ministerio de Salud de la Ciudad. Lo único que pretendemos es participar en los concursos con el mismo derecho que los médicos”.
De hecho, el Cesac 34, dirigido por una trabajadora social, obtuvo en 2008 el Certificado de Mérito en Gestión de Calidad otorgado por el gobierno porteño por su acción en “Control integral de la mujer durante el embarazo y del niño en el primer año”.

martes, 27 de septiembre de 2011

Macri dejó sin funciones a las nuevas Comunas

CREAN LAS UNIDADES DE ATENCION CIUDADANA QUE DISCUTIRAN LOS PRESUPUESTOS DE OBRAS PUBLICAS

A contramano del impulso de descentralización en la administración porteña, Macri creó por decreto una estructura en la órbita de la Jefatura de Gabinete que vacía de funciones a las nuevas Comunas, según denunció la oposición.

 Por Sergio Kiernan  Página 12

El gobierno porteño encontró la manera de vaciar las flamantes Comunas de la Ciudad en el tema que más le importa, el de los presupuestos para obras públicas. Donde la Ley de Comunas disuelve los actuales Centros de Gestión y Participación Comunitaria, y deja sin mayores funciones a su órgano responsable, la Subsecretaría de Atención Ciudadana, un decreto de Mauricio Macri crea las Unidades de Atención Ciudadana. La lectura atenta del decreto indica que las Unidades son simplemente los CGPC con el nombre cambiado. De esta manera, la subsecretaría y su jefe directo, el jefe de Gabinete, Horacio Rodríguez Larreta, pueden seguir manejando fondos de un modo discrecional y aplicarlos a tareas que “piden los vecinos”.
El sistema de comunas nació por decreto en 1998, cuando se ordenó la “progresiva descentralización” de las funciones del gobierno porteño. Esto se tradujo en la creación de dieciséis Centros de Gestión y Participación, que luego fueron reducidos a 15 y renombrados con el agregado de “Comunitaria”. Se suponía que el sistema de CGP sería reemplazado por el de Comunas con autoridades electas democráticamente a partir de 2007, pero fue recién en octubre de 2009 que la Legislatura sancionó la Ley 3233, creando el sistema y poniendo fecha para sus elecciones. El 9 de noviembre de ese mismo año, la ley fue promulgada por el Ejecutivo y publicada en el Boletín Oficial. Este año se votó a comuneros por primera vez.
Pero aunque preveía excelentes resultados en las elecciones de este año, el macrismo decidió vaciar el nuevo sistema antes de que naciera. Lo hizo el 8 de julio, el viernes anterior a que se votara, con el decreto 376, que supuestamente regula la transición entre el sistema actual, centralizado y con CGPC, y el que arranca el 10 de diciembre, con Comunas electas. El decreto fue publicado en el Boletín Oficial el 8 de agosto, cuando ya se conocían los resultados electorales. Curiosamente, su texto no menciona ni a las Comunas ni a los Centros hoy en funcionamiento, sino que simplemente crea una nueva estructura con 18 Unidades de Atención Ciudadana. Las atribuciones de estas Unidades son indistinguibles de las de los Centros, se superponen a las de las Comunas y hasta crean tres nuevas divisiones territoriales, algo explícitamente vedado por la Ley de Comunas.
Este invento político hasta mereció un amparo presentado ante la Justicia porteña por 35 legisladores y comuneros electos del Frente para la Victoria. El pedido afirma que, si bien “es indudable que el jefe de Gobierno tiene atribuciones para establecer la estructura y organización funcional de los organismos de su dependencia”, no puede hacerlo “soslayando” el rango cons-
titucional de las Comunas. “Las Unidades no tienen sentido, son inconstitucionales y vacían de funciones a los CGPC y las Comunas”, explicó Juan Cabandié, presidente del bloque kirchnerista de la Legislatura y el diputado porteño que presentó el amparo. “Esto también significa duplicar estructuras y duplicar los gastos de gestión.”

Lo que dice la ley

La ley de 2009 que crea el sistema de Comunas para Buenos Aires indica claramente lo que el Ejecutivo porteño no puede hacer, en términos casi redactados para rechazar las flamantes Unidades. Así, el jefe de Gobierno tiene que “abstenerse de emitir o producir actos que signifiquen intromisión o menoscabo de las funciones de competencia exclusiva de las Comunas”. Hasta hay un inciso que ordena “adecuar la presentación de proyectos de ley, de concesiones y de uso o transferencia de servicios” al nuevo sistema.
Las Comunas fueron creadas para descentralizar los servicios de la Ciudad y recibir las “competencias centralizadas” del gobierno porteño, a modo de un federalismo urbano. El cambio hasta ordena adaptar los padrones electorales y los límites formales –o, en otros términos, las competencias– en que se divide la ciudad. Las Comunas hasta tienen la capacidad, una vez terminada “la transición”, de compartir con el Ejecutivo “la prestación de servicios públicos y el ejercicio del poder de policía en el ámbito de la Comuna”. Esto incluye “la evaluación de demandas y necesidades sociales” y “la participación en la planificación y el control de servicios”.

Lo que dice el decreto

De hecho, la Jefatura de Gabinete y su Subsecretaría de Atención Ciudadana, que se encarga de los CGPC, está perfectamente al tanto de estos poderes. Tanto, que hace dos años creó una interpretación de la Ley de Comunas que le permitiría hacer obras públicas “por pedido de los vecinos”, como se detalla en nota aparte. Esta interpretación fue presentada por escrito ante la Defensoría del Pueblo porteño en 2009, cuando el defensor adjunto Gerardo Gómez Coronado le preguntó a la entonces subsecretaria Gladys Esther González con qué poderes hacía licitaciones y contratos para remodelar plazoletas y repavimentar veredas, y por qué sus obras resultaban tan caras. Según González, los CGP podían atender pedidos ciudadanos y hacer obras, como lo iban a hacer las Comunas a partir de 2011.
Tal vez porque le tomaron el gusto al manejo de estos fondos desde las oficinas de Rodríguez Larreta, se decidió este año crear un sistema paralelo a las Comunas. Hizo falta crear otro nombre, Unidades, ya que queda en claro por ley que los CGPC no pueden seguir existiendo como tales. El decreto 376 arranca con intenciones realmente loables como “mejorar la calidad de la atención brindada al vecino” y “optimizar la gestión de servicios a cargo del Poder Ejecutivo”. El problema comienza al decirse que “es necesario generar las estructuras que permitan perfeccionar la concreción de los compromisos asumidos con los vecinos de la Ciudad, a través de órganos cuya responsabilidad primaria consista en coordinar la prestación de servicios cuya competencia exclusiva se encuentra a cargo de otros ministerios y organismos”.
Como destacaron los amparistas del FpV, estos órganos ya existen, se llaman Comunas y tienen rango constitucional porteño. Aquí es donde resulta notable que el decreto no mencione a estas entidades electas, lo que deja en claro que la intención no es crear una entidad provisoria de interface con estas autoridades descentralizadas, sino vaciarlas de poderes concretos. De hecho, el segundo anexo del decreto detalla los poderes de las Unidades de Atención Ciudadana en términos casi idénticos a los que ya tienen los CGPC. Como explica Gabriela Castillo, comunera electa por Recoleta, “no podemos permitir que nos recorten las competencias que nos corresponden como representantes electos por el voto popular”.
Reemplazar el sistema actual, centralizado, por uno con quince administraciones barriales electas es una construcción política que puede ser complicada. Por eso se prevé en la ley la creación del Consejo de Coordinación Intercomunal, para “entender sobre la planificación de las competencias”. Muy concreta, la ley ordena al Consejo “acordar el contenido de las jurisdicciones comunales dentro del proyecto de Presupuesto General de Gastos y Recursos de la Ciudad, a partir de los anteproyectos presupuestarios comunales participativamente elaborados”. Esta descentralización del poder de decidir nada menos que dónde gastar los fondos públicos es justamente lo que el Ejecutivo está resistiendo al crear las Unidades.

miércoles, 4 de mayo de 2011

Octavo encuentro Pre Consejos Consultivos Comunales

MÍERCOLES 11 DE MAYO A LAS 18 HS.

Polideportivo de Parque de los Patricios

Calle Pepirí 135 Parque Patricios



Convocamos a todos los Vecinos de la Comuna 4 a participar del Octavo encuentro de PreConsejos Consultivo Comunales, del año 2011.


La gestión y el control de este proceso de transición hasta las elecciones de las autoridades comunales y posterior organización de la Comuna, necesita de nuestro compromiso y dedicación para construir una herramienta que nos permitta trabajar y encaminar las soluciones de los temas centrales y cotidianos de nuestros barrios.


El debate directo sobre como se transcurre este proceso de transición hacia una efectiva descentralización nos posibilita la construcción de una Comuna participativa y democrática.


El 10 de Julio se votan las autoridades comunales, son muchas las respuestas y compromisos pendientes de los funcionarios del GCBA y el CGPC para con los vecinos que participan del Pre Consejo Consultivo.


Enterese concurriendo sepa de que se trata.


Sumemos esfuerzos y hagamos ejercicio de nuestros derechos ciudadanos.








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lunes, 25 de abril de 2011

Séptimo encuentro de Pre Consejos Consultivos Comunales

MÍERCOLES 27 DE ABRIL A LAS 18 HS.

Polideportivo de Parque de los Patricios

Calle Pepirí 135 Parque Patricios



Convocamos a todos los Vecinos de la Comuna 4 a participar del Séptimo encuentro de PreConsejos Consultivo Comunales, del año 2011.


La gestión y el control de este proceso de transición hasta las elecciones de las autoridades comunales y posterior organización de la Comuna, necesita de nuestro compromiso y dedicación para construir una herramienta que nos permitta trabajar y encaminar las soluciones de los temas centrales y cotidianos de nuestros barrios.


El debate directo sobre como se transcurre este proceso de transición hacia una efectiva descentralización nos posibilita la construcción de una Comuna participativa y democrática.


El 10 de Julio se votan las autoridades comunales, son muchas las respuestas y compromisos pendientes de los funcionarios del GCBA y el CGPC para con los vecinos que participan del Pre Consejo Consultivo.

Enterese concurriendo sepa de que se trata.


Sumemos esfuerzos y hagamos ejercicio de nuestros derechos ciudadanos.


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miércoles, 6 de abril de 2011

Convocatoria al sexto encuentro Pre Consejo Consultivo Comunal 2011

MÍERCOLES 13 DE ABRIL A LAS 18 HS. 
Escuela REPUBLICA DE BOLIVIA
Av. Gral. HORNOS 530 BARRACAS

Convocamos a todos los Vecinos de la Comuna 4 a participar del sexto   encuentro  de PreConsejos Consultivo Comunal, del año 2011.

La gestión y el control de este proceso de transición hasta las elecciones de las autoridades comunales y posterior organización de la Comuna, necesita de nuestro compromiso y dedicación para construir una herramienta que nos permitta trabajar y encaminar las soluciones de los temas centrales y cotidianos de nuestros barrios.

El debate directo sobre como se transcurre este proceso de transición hacia una efectiva descentralización nos posibilita la construcción de una Comuna participativa y democrática.

El 10 de Julio  se votan las autoridades comunales, son muchas las respuestas y compromisos pendientes de los funcionarios del GCBA y el CGPC para con los vecinos que participan del Pre Consejo Consultivo. Enterese concurriendo sepa de que se trata.

Sumemos esfuerzos y hagamos ejercicio de nuestros derechos ciudadanos. 

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lunes, 28 de marzo de 2011

Convocatoria al quinto encuentro Pre Consejo Consultivo Comunal 2011

MÍERCOLES 30 DE MARZO A LAS 18 HS. 
Escuela Juan E Pestalozzi
Av. Caseros 2152 PARQUE PATRICIOS

Convocamos a todos los Vecinos de la Comuna 4 a participar del quinto   encuentro  de PreConsejos Consultivo Comunal, del año 2011.

La gestión y el control de este proceso de transición hasta las elecciones de las autoridades comunales y posterior organización de la Comuna, necesita de nuestro compromiso y dedicación para construir una herramienta que nos permitta trabajar y encaminar las soluciones de los temas centrales y cotidianos de nuestros barrios.

El debate directo sobre como se transcurre este proceso de transición hacia una efectiva descentralización nos posibilita la construcción de una Comuna participativa y democrática.

Este año se votan las autoridades comunales, son muchas las respuestas y compromisos pendientes de los funcionarios del GCBA y el CGPC para con los vecinos que participan del Pre Consejo Consultivo.

Sumemos esfuerzos y hagamos ejercicio de nuestros derechos ciudadanos. 

Concurra sea protagonista de esta experiencia.

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Administración ó Burocracia Comunas ó Desidia


Nota presentada por la Asociación Vecinal Cuarteadores de Barracas


Reciclado Edificio y Puesta en Valor de la Mentalidad Interesada y Anti pueblo de la Casta que Políticamente Toma Decisiones en el Gobierno de la Ciudad Autónoma de de Buenos Aires.

Una vez más se desconocen arbitrariamente las prioridades del barrio de Barracas al Norte de la Ribera del Riachuelo. Nuestro barrio, donde sobran necesidades, cómo lo son la falta de viviendas, planteado oportunamente por un vecino del barrio Domingo De Maio, quien había planificado todo para la construcción de viviendas populares e inclusive creó una cooperativa para quienes iban a ser poseedores de dicha unidades. Pero los manda mas determinaron instalar un centro de la moda en ese lugar, que seguramente repartirá beneficios económicos no para el barrio, sino como siempre en Barracas, para los que usan su espacio y muchas veces causan estragos ecológicos y edilicios, de riesgos inmensos e irreparables, tanto en materiales como en seres humanos. Pero para estos individuos que no se domicilian en el barrio y por supuesto tampoco sus familias no reciben ningún impacto ambiental de los producidos generalmente por su avaricia.

Lo conveniente para los habitantes permanentes de Barracas es el crecimiento demográfico, con gente que consuma en el barrio y sienta que reivindicar al barrio es vivir mejor en todos los aspectos.

Por ello y para ello se deberá tener poder político. Deberemos elegir vecinos que nos representen, a los que conocemos y vemos todos los días, al que podremos felicitar ó reprobar su gestión. 

La Asociación Cuarteadores de Rio Cuarto Barracas, tiene triste experiencia en la resolución de problemas barriales, los que no son solucionados operativamente en tiempo ni forma, todo proceso reivindicativo es largo, extenso, burocrático y habitualmente dilatado.

Algunos de los componentes de esta comisión venimos luchando por las mismas reivindicaciones desde el año 1964. Desde hace 7 años retomamos y peticionamos nuevamente la iniciativa para solucionar graves problemas como son los desbordes de líquidos cloacales, la construcción de un sendero universal para realizar el asfalto, construcción de la compuerta en el desagüe pluvial en el Riachuelo para evitar inundaciones por sudestada, entre otras necesidades menos relevantes. Algunos requerimientos fueron solucionados, algunos derechos hemos logrado reivindicar, por ejemplo, la calle Rio Cuarto ya no se inunda.

Para este logro recurrimos a través de petitorios al director del CGP, Poder Legislativo, la Defensoría del Pueblo, Poder Ejecutivo de la Nación (único organismo que contesto nuestra demanda, y sugirió al GCBA ocuparse de la solución del problema). Ante la falta de decisiones políticas debimos acudir al Poder Judicial (con el aporte económico de los vecinos costeamos el pedido de amparo) patrocinados por el Dr. Eduardo Barcesat la Justicia otorga derecho. e intimo en los meses de febrero y marzo de 2010 por acta de conciliación a los responsables, AYSA y GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES a ejecutar las obras de reparación de daños pero aun no cumplieron con lo estipulado por la Justicia, (¿será que algunos piensan que son inmunes?).
Lograr que estos ejercicios de derechos no sean tan costosos para los pueblos, no sean mala costumbre y queden como malos recuerdos, tenemos ahora la oportunidad de elegir, representantes verdaderos, COMUNEROS.
Debemos participar en los CONSEJOS CONSULTIVOS, defendiendo las prioridades reivindicativas porque no deben tener un mismo trato la salud que lo edilicio ó lo cultural con respecto al tiempo de ejecución.
Dada la oportunidad que nos estipula la Constitución Nacional y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires EJECUTEMOS NUESTRO DERECHO.

MAITEN PERRUELO                                                                                             HECTOR A NAVARRO
   SECRETARIA                                                                                                         TESORERO
                                         ROBERTO JOSE MARTINEZ DURO
                                                        PRESIDENTE